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Jueves, Marzo 28, 2024

Nuestro país tuvo un inusual inicio del ciclo escolar. Las aulas lucen vacías y los hogares se convierten en inéditos salones de clase. Desafortunadamente el piso no es parejo para la mayoría de las y los estudiantes, pues más de 50 por ciento no cuenta con los elementos mínimos para afrontar la nueva rutina escolar. Desde la falta de un lugar adecuado para el trabajo académico hasta la televisión o la computadora, que en muchos casos debe compartirse con el resto de la familia. Ni se diga el acceso a Internet o la supervisión de un adulto de tiempo completo durante la jornada educativa y en la realización de tareas para fortalecer lo aprendido. En muchos lugares de este México tan diverso priva la pobreza, que no abona al proceso educativo. No obstante, la infancia y la adolescencia permiten adaptarse con facilidad a cualquier situación por extraña que parezca, aunque por ahora la sana distancia limite la convivencia y los juegos cotidianos tan importantes en esas etapas, y el contacto presencial con el personal docente.

La educación es fundamental para el desarrollo de un país y la escuela tiene un papel destacado en la sociedad. Desafortunadamente no siempre responde a estas expectativas y las niñas, los niños y los adolescentes están expuestos a diversos riesgos que dejan secuelas que perduran en la etapa adulta o que terminan con su vida. Así lo demuestra el lamentable caso de una estudiante de 14 años que tuvo problemas con algunas de las materias que cursaba. El vicerrector de la institución se ofreció a promoverla de grado, siempre y cuando sostuviera relaciones sexuales con él. Situación que perduró durante más de un año y que no era ajena al personal del plantel.

Tiempo después, la inspectora tomó cartas en el asunto y envió a la madre de la joven un citatorio para que se presentara en el colegio. Ese día la adolescente ingirió unas pastillas que contenían una sustancia venenosa. Al día siguiente se presentó a clases y en la enfermería de la escuela únicamente le sugirieron que rezara. La madre fue notificada y trasladó a su hija a un hospital donde murió al día siguiente.

La progenitora de la joven denunció la comisión de ilícitos de índole sexual e instigación al suicidio. El juez ordenó la detención del profesor, quien se dio a la fuga, y tres años después declaró extinguida la acción penal.

El asunto fue del conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, por sentencia de 24 de junio pasado y notificada el 14 de agosto siguiente, concluyó que el Estado de Ecuador es responsable por violación a diversos artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos vinculados con el deber de garantizar los derechos sin discriminación y de adoptar medidas de protección para niñas y niños, y por el incumplimiento de las obligaciones de prevenir actos de violencia contra la mujer y abstenerse de realizarlos. Además, por contravenir algunas disposiciones de la Convención de Belém do Pará en perjuicio de la madre y hermana de la adolescente.

Para llegar a esa conclusión valoró el contexto en que se suscitaron los hechos del caso Guzmán Albarracín vs. Ecuador, en el que prevaleció el abuso de poder sobre la estudiante motivado por la confianza en la persona que tenía a su cargo los cuidados del alumnado y del entorno escolar. Aunado a la presencia de estereotipos de género que facilitaron el ejercicio de poder de la autoridad educativa y naturalizaron actos indebidos y contrarios a los derechos de la víctima que, por su edad, se encontraba en situación de vulnerabilidad.

La sentencia también razona sobre la obligación de los Estados relativa a contar con acciones para la protección de las niñas y adolescentes contra la violencia sexual en el ámbito escolar, prevenir esta clase de violencia en las instituciones educativas y propiciar mecanismos seguros para que las víctimas puedan denunciar y las autoridades investigar y sancionar.

Esta realidad nos compromete a estar alertas ante cualquier señal que pueda desembocar en actos de violencia sexual que lesionen los derechos humanos de la infancia y la adolescencia. Como docentes y autoridades, se impone el deber de evitar que se reproduzcan conductas de esta naturaleza o como la ocurrida recientemente y que pusiera en el debate la eficacia de la impartición de justicia. Un juez dejó en libertad a un servidor público que se encontraba a bordo de un vehículo en compañía de una niña desnuda. Los argumentos de la decisión, que fueron del dominio público, reflejan la necesidad de remediar los efectos discriminatorios y las prácticas institucionales que generalmente agravian a las mujeres. Juzgar con perspectiva de género, bajo los parámetros de la metodología de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (consultable en el Semanario Judicial de la Federación con el registro 2011430), garantiza el acceso a la justicia en condiciones de igualdad.

Prestar atención al ambiente en que se desenvuelven las y los educandos es fundamental. Fortalecer las redes de apoyo, creer a las víctimas de estas conductas, actuar con prontitud y diligentemente para atacar y erradicar la violencia de género pueden salvar una vida.

No olvidemos, como afirma la antropóloga Rita Segato, que la violencia de género es la primera escuela de todas las otras formas de violencia.

 

Publicado en la Jornada 5 de septiembre 2020

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