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Jueves, Noviembre 21, 2024

El caso del conflicto en la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) está generando precedentes que importan a todas las instituciones autónomas de educación superior. Si bien los actuales directivos, a instancias de la Secretaría de Gobernación federal ya decidieron levantar el paro que habían declarado (y que vino a agregar un inesperado y complicado elemento más a la tensa situación de violencia en ese estado), el nudo del conflicto no se ha desatado. Se trata del primer gran problema universitario en el que la nueva Ley General de Educación Superior (LGES) juega un cuestionable papel central. En efecto, uno de los más importantes cambios en la normatividad universitaria nacional fue la aprobación, en 2021, de esta ley como parte del paquete de legislación secundaria de la 4T que siguió a la reforma del artículo tercero constitucional en 2018. En ese proceso destacó el legislador del PAN Romero Hicks

(https://www.facebook.com/juancarlosromerohicks/videos/ley-ge neral-de-educaci%C3%B3n-superior/ 788656175220879).

Entonces, tal vez no es coincidencia que la LGES, más que para crear y mantener abiertas rutas para la resolución de conflictos, está hecha para elevar el grado de blindaje de las burocracias institucionales y gubernamentales frente a las demandas de las y los jóvenes y las de sus propias comunidades. Así, hoy en la Universidad Autónoma de Sinaloa un importante sector de la comunidad no desea ya mantener en sus cargos a los actuales directivos. Pero la norma está hecha para hacer prácticamente imposible el cambio del grupo en el poder. Si, como ocurre en no pocas instituciones, las autoridades tienen presencia y control decisivo en los consejos universitarios, nada puede hacerse desde la comunidad misma –pues ésta no controla al consejo, que es el que nombra al rector– y tampoco nada desde fuera, pues el segundo artículo de la LGES prevé que para cualquier cambio en la ley orgánica de la institución se deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado, es decir, el consejo universitario, o sea, los dirigentes institucionales que lo controlan. Es cierto que quienes se oponen a los actuales directivos –entre ellos, el gobernador, anteriormente rector– lograron que el Congreso del estado aprobara una modificación y estableció la votación universal como nuevo método para elegir rector, pero, por supuesto, el otro sector señala que esa modificación no es válida, pues violenta al artículo dos mencionado.

Aquí es donde está la trampa para la universidad, ya que el conflicto se enquista, y la resolución tendrá que venir de fuera. Eso lastima. Si la derecha que creó esta trampa estuviera convencida del valor de la autonomía, otra manera de plantear las cosas tendríamos hoy en esa norma. El problema es que en otros puntos la ley no sólo blinda, sino que busca evadir el fundamento constitucional que tienen algunas demandas. Así ocurre con la gratuidad: la Constitución da a los estudiantes ese derecho, pero los redactores de la LGES (artículos 6, VIII y 66) encontraron la manera de suspenderlo indefinidamente, pues lo condicionaron a que el gobierno en turno decida crear un fondo que compense los recursos que ya no obtendrán las universidades por el cobro de colegiaturas. Por eso hasta ahora prácticamente ninguna institución se ha reconvertido en gratuita, no hay ni habrá apuro. Algo semejante pasa con el derecho a la educación: desde 1993 la Constitución lo consagra, pero la ley (artículo 4) ahora lo condiciona a que el aspirante cumpla con los requisitos que establezcan las instituciones, los que sean, porque quedan a discreción de éstas, y son frecuentemente arbitrarios: cobran por solicitar acceso, aplican hasta tres evaluaciones distintas; exigen que no se haya reprobado algún curso en el bachillerato y demandan que la aspirante tenga determinada visión de la sociedad.

En el caso de las públicas, la LGES ni siquiera pide –como sí lo hace con las privadas– que los requerimientos respeten los derechos humanos de las y los aspirantes. Así, antes de la LGES, las y los jóvenes tenían un derecho constitucional a la educación, ahora dice que no lo tienen si no cumplen una condición, hablar inglés, por ejemplo. Es decir, no se niega el derecho, se pospone, se reinterpreta o se pierde por culpa de la propia aspirante, que no aprendió inglés (aunque sí náhuatl). Esta modernización y derechización del rechazo que la 4T cedió al PAN es el mejor caldo de cultivo para conflictos sumamente virulentos y, además, muy difíciles de resolver con una ley que arbitrariamente cancela esperanzas.


PD: Sra. Presidenta: no esperar a mañana para pedirle a Netanyahu que se disculpe por su actual y bárbara guerra de conquista, mejor exigirle que sea ya hoy que detenga el bombardeo en Gaza y Líbano.

Hugo Aboites es profesor-investigador de la UAM-X

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“pálido.deluz”, año 11, número 170, "Número 170. Acuérdate de Acapulco: Viajes, vivencias y experiencias. (Noviembre, 2024)", es una publicación mensual digital editada por Rafael Tonatiuh Ramírez Beltrán y Armando Meixueiro Hernández, calle Nextitla 32, Col. Popotla, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11420, Tel. (55) 5341-1097, https://palido.deluz.com.mx/ Editor responsable Rafael Tonatiuh Ramírez Beltrán y Armando Meixueiro Hernández. ISSN 2594-0597. Responsables de la última actualización de éste número Rafael Tonatiuh Ramírez Beltrán y Armando Meixueiro Hernández, calle Nextitla 32, Col. Popotla, Delegación Miguel Hidalgo, CDMX, C.P. 11420, fecha de la última modificación agosto 2020
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