De forma breve, podemos resumir estas tesis de la siguiente manera:
( i) la autonomía supone autogobierno; implica la transferencia de re - cursos, pero también la facultad de tomar decisiones sobre los temas que atañen a los integrantes de los territorios autónomos, lo cual lo distingue de la mera descentralización administrativa sin capacidad de diseñar sus propios proyectos;
(ii) la autonomía no significa separatismo, sino cogobierno; aquí es necesario distinguir entre autonomía externa (mediante lo cual un pueblo decide crear su propio estado soberano), y la autonomía interna (el caso de los pueblos indígenas en América Latina, que buscan renovar la estructura del Estado nacional mediante nuevos pactos entre distintas autoridades dentro de un sistema de cogobierno);
(iii) la autonomía supone que las distintas entidades autónomas comparten el ejercicio de competencias, sin jerarquías entre el poder federal y los poderes autónomos (una nueva estructura de este tipo estaría caracterizada por espacios concéntricos de acuerdos mutuos);
(iv) la autonomía es un proceso inacabado y, por lo tanto, los ciudadanos deben estar abiertos al cambio y al diálogo, pero también conscientes de la necesidad de defender sus derechos autonómicos en el contexto de nuevos desafíos y conflictos;
(v) la autonomía debe ser abierta a la pluralidad de las opiniones de la sociedad y no relacionada con visiones de pureza étnica o discriminación;
(vi) las autonomías deben apoyarse mutuamente para disminuir la desigualdad y promover la solidaridad;
(vii) las identidades no existen antes de la política, por eso las instituciones autonómicas producen identidades en un proceso continuo y abierto al diálogo dentro de las diferentes culturas; esta tesis promueve la participación de todos en la reformulación de sus propias identidades en vez de institucionalizar una visión dominante de lo que es la identidad que se tiene que reconocer;
(viii) la autonomía necesita la participación de una amplia gama de sujetos sociales, incluyendo los partidos políticos y los movimientos sociales;
(ix) la autonomía requiere de un discurso que es compartido por la mayor parte de la población, un lenguaje y un simbolismo político que permitan la identificación cotidiana con la promoción y la defensa de los valores de la autonomía y la democracia;
( x) sin autonomía, la democracia queda muy limitada debido a un déficit en términos de la representación, participación, deliberación e inclusión de todos los ciudadanos; la autonomía facilita a una sociedad superar un pasado de exclusión de ciertos grupos y la negación del ejercicio de sus derechos como miembros de la misma comunidad política; por último,
(xi) la autonomía no es una doctrina única, sino un “conjunto de ideas normativas,” sin las cuales sería imposible argumentar en su favor ni evaluar su desempeño en la práctica; por lo tanto, enarbola una serie de principios que deben guiar la práctica en la construcción de sistemas democráticos más incluyentes que los heredados del colonialismo, el liberalismo decimonónico y el centralismo de los Estados modernos del siglo XX.
Referencia
Máiz, R. (2008). Estados y autonomías en democracias contemporáneas (pp.17-45)